Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Minas y Petróleos)
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente de las que le confieren los Decretos 00164 de 1950 y 1599 de 1953 (Ley 2° de 1958), y
CONSIDERANDO:
Que el Contralor General de la República expidió con fecha 24 de junio del presente año la certificación legal número 40, sobre disponibilidad de las sumas que se contraacreditan, y
Que se han observado todas las demás normas legales pertinentes, según aparece del expediente levantado al efecto,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:
MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS
Contracréditos.
CAPITULO 362
División Nacional de Minas.
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