Delegación de facultades
en uso de la facultad que le confieren el artículo 135 de la Constitución, los artículos 67 y 69 de la Ley 4ª de 1913, y en desarrollo de la Ley 15 de 1935,
DECRETA:
Artículo 1º De acuerdo con la facultad que confiere el artículo 6º de la Ley 18 de 1928, delégase en el actual Director de la Policía Nacional la atribución de nombrar y remover todos los empleados y funcionarios de la Policía Nacional y de la Policía Judicial (Cuerpo Auxiliar del Poder Judicial).
Artículo 2º Delégase en el Ministerio de Gobierno la atribución de aprobar los nombramientos que el Director General de la Policía Nacional haga en uso de la facultad que se le confiere por medio del presente Decreto, en los casos en que estas disposiciones exigen la posterior aprobación del Poder Ejecutivo.
Artículo 3º En los anteriores términos quedan reformados el artículo 3º del Decreto número 1735 de 1930 y el 1º del Decreto número 1505 del corriente año.
Artículo 4º El presente Decreto regirá desde su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de octubre de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Alberto LLERAS CAMARGO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.