por el cual se hace un traslado en el Presupuesto de gastos vigente

Rango Decreto
Publicación 1929-11-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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EL Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que por medio del Decreto número 1403 de 1929 se efectuó un traslado de $ 30,000, del artículo 1771, capítulo 61, al artículo 1766, del mismo capítulo, con carácter provisional y mientras el Congreso Nacional votaba el crédito adicional solicitado de urgencia para el artículo 1766, y

Que la Ley 15 del corriente abrió un crédito adicional al artículo 1766, por la suma de $ 352,783-18,

DECRETA:

Artículo 1° Trasládase la suma de treinta mil pesos ($ 30,000) del artículo 1766, capítulo 61, al artículo 1771, del mismo capítulo.
Artículo 2° Dése cuenta de este traslado al señor Contralor General de la República.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de noviembre de 1929.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

José Jesús GARCIA

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