Por el cual se aprueba el Acuerdo 007 del 21 de junio de 1996, del Club Militar
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978.
DECRETA:
Artículo 1°. Aprobar el Acuerdo 007 del 21 de junio de 1996, emanado de la Junta Directiva del Club Militar, por medio del cual se establece la Planta del Personal del Club Militar, y que textualmente dice
ACUERDO NUMERO 007 DE 1996
(junio 21)
por el cual se establece la Planta de Personal del Club Militar
la Junta Directiva del Club Militar, en ejecución de sus facultades legales y estatutarias y en especial de las que le confiere el artículo 5° del Decreto-ley 2336 de 1971, modificado por el artículo 1° del Decreto-ley 2164 de 1984,
ACUERDA:
Artículo 1º. Las funciones propias de las dependencias del Club Militar, serán cumplidas por la Planta de Personal Global que se establece a continuación:
| Nº Cargo | Denominación del Cargo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 1 (uno) | Director General de Establecimiento Público | 0015 | 11 |
| 1 (uno) | Subdirector General de Establecimiento Público | 0040 | 04 |
| 2 (dos) | Jefe de Oficina | 2045 | 10 |
| 5 (cinco) | Jefe de División | 2040 | 10 |
| 1 (uno) | Profesional Especializado | 3010 | 14 |
| 2 (dos) | Profesional Universitario | 3020 | 09 |
| 10 (diez) | Profesional Universitario | 3020 | 07 |
| 1 (uno) | Profesional Universitario | 3020 | 05 |
| 3 (tres) | Profesional Universitario | 3020 | 04 |
| 2 (dos) | Técnico Operativo | 4080 | 09 |
| 3 (tres) | Técnico Administrativo | 4065 | 10 |
| 3 (tres) | Técnico Administrativo | 4065 | 07 |
| 2 (dos) | Asistente Administrativo | 4140 | 10 |
| 2 (dos) | Secretario Ejecutivo | 5040 | 1 |
| 2 (dos) | Coordinador | 5005 | 23 |
| 7 (siete) | Secretario | 5140 | 08 |
| 14 (catorce) | Secretario | 5140 | 07 |
| 2 (dos) | Secretario | 5140 | 06 |
| 1 (uno) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 14 |
| 4 (cuatro) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 11 |
| 17 (diecisiete) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 10 |
| 5 (cinco) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 09 |
| 8 (ocho) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 08 |
| 12 (doce) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 07 |
| 1 (uno) | Auxiliar de Servicios Generales | 5335 | 09 |
| 3 (tres) | Auxiliar de Servicios Generales | 5335 | 05 |
Artículo 2º. El Director General distribuirá los cargos de la Planta y ubicará al personal de acuerdo con la estructura interna, la naturaleza de las funciones, los requisitos, las necesidades del servicio y los planes y programas a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos del Club.
Artículo 3º. La provisión de los empleos de que trata el artículo 1º del presente Acuerdo, se hará en forma gradual de acuerdo a las disponibilidades presupuestales para la respectiva vigencia.
Artículo 4º. De conformidad con lo establecido en el artículo 76 del Decreto-ley 1042 de 1978 fíjase en trescientos seis (306) el número de trabajadores oficiales al servicio del Club Militar, para el desarrollo de las actividades de carácter operativo y de mantenimiento.
Artículo 5º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 013 de diciembre de 1995 y para su validez requiere de la aprobación mediante decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 21 días del mes de junio de 1996.
El Presidente Junta Directiva,
(Fdo) doctor Augusto Acosta Torres.
El Secretario Junta Directiva,
(Fdo) Coronel Julio Fernando Bernal P.»
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente el Decreto 2324 de 1982.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 11 de octubre de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
El Ministro de Defensa Nacional,
Juan Carlos Esguerra Portocarrero.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.
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