Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en la Dirección Nacional del Presupuesto
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto legislativo número 45 de 1957 (Ley 105 de 1959), y
CONSIDERANDO:
- 1° Que es necesario establecer en la Dirección Nacional del Presupuesto un servicio de conmutador telefónico, un servicio eficaz de vigilancia de los locales donde existen máquinas y elementos valiosos, y mejorar el servicio de reparto de correspondencia;
- 2° Que subsiste equilibrio presupuestal dentro de la apropiación para pago de sueldos en la misma dependencia oficial,
DECRETA:
Artículo 1° Suprímense los siguientes cargos en la Dirección Nacional del Presupuesto.
Subdirección Administrativa.
| Mensual | ||
|---|---|---|
| 1 Auxiliar | $ | 500.00 |
| 1 Mecanotaquígrafo Supervisor | 800.00 |
Artículo 2° Créanse los siguientes cargos en la Dirección Nacional del Presupuesto:
| Subdirección Administrativa. | Mensual | |
|---|---|---|
| 1 Recepcionista - Telefonista | $ | 700.00 |
| 1 Mensajero | 300.00 | |
| 1 Celador | 300.00 |
Artículo 3°. Este Decreto rige a partir de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 5 de agosto de 1960.
ALBERTO LLERAS.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo Villa.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.