Por el cual se traslada una partida en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
considerando:
- 1° Que por el Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas se han llenado los requisitos exigidos por el artículo 17 de la Ley 34 de 1923, referente a traslados de partidas en el Presupuesto Nacional.
- 2° Que el honorable Consejo de Ministros en su sesión del día 4 de noviembre de 1927, aprobó la siguiente proposición:
"El Consejo de Ministros aprueba los traslados, por la suma de $ 29,700, que proyecta hacer el Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas, dentro del capítulo 56 del Presupuesto, del artículo 568 a los artículos 569, 570, 571, 573, 575, 578 y 580,"
decreta:
Artículo 1° De la suma de cuatrocientos mil pesos que figuran en el artículo 568 del capítulo 56 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, trasládase la suma de veintinueve mil setecientos pesos ($ 29,700) a los artículos 569, 570, 571, 573, 575, 578 y 580 del mismo capítulo 56, de conformidad con la siguiente distribución:
| Artículo 569. Para trabajos de saneamiento de los puertos, lucha contra el mosquito, campaña contra el pian, etc., etc. | $ 20,000 |
|---|---|
| Artículo 570. Para personal y demás gastos de la Policía Sanitaria de los puertos | 2,000 |
| Artículo 571. Para material de las oficinas de los Médicos e Inspectores de Sanidad de los puertos, arrendamientos, útiles de escritorio y de laboratorio, etc. | 3,000 |
| Artículo 573. Estación Sanitaria de Puerto Colombia. Para material de la estación, reparaciones y construcciones, alimentación de empleados, etc. | 600 |
| Artículo 575. Estación Sanitaria de Santa Marta. Para material de la estación, reparaciones y construcciones, alimentación de empleados y demás gastos | 1,000 |
| Artículo 578. Para material del Parque de Vacunación, producción de cow-pox, y demás gastos | 600 |
| Artículo 580. Para compra de sueros y vacunas, emetina y otros medicamentos, visitas de inspección, impresiones, biblioteca y demás gastos de material de la Dirección Nacional de Higiene | 2,500 |
| Suma | $ 29,700 |
Comuníquese a quienes corresponda, y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de noviembre de 1927.
MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas, J. Vicente HUERTAS.
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