Por el cual se dictan unas disposiciones relativas a la Escuela Normal de Institutores de Medellín
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el señor Gobernador del Departamento de Antioquia, obrando de acuerdo con instrucciones del Ministerio de Educación Nacional, dispuso la clausura de la Escuela Normal Superior de Institutores de Medellín, en los meses que faltan del corriente año, a causa de la situación anormal de dicho establecimiento, y que por consiguiente éste se halla actualmente en receso;
DECRETA:
Artículo 1° Las partidas asignadas en el Decreto número 45, de 10 de enero último, para atender al pago de las pensiones alimenticias de los alumnos de la Escuela Normal Superior de Institutores de Medellín, en el mes de septiembre eh curso, se cubrirán en la forma acostumbrada.
Artículo 2° A los empleados de la Escuela que en el conflicto estudiantil último no se hayan declarado en rebeldía, se les reconocerán sus sueldos y pensiones alimenticias. De los diez (10) sirvientes que figuran en la nómina, solamente se conservarán cinco (5) con destino al cuidado de la granja y del edificio de la Escuela.
Artículo 3° Apruébase la reglamentación que en el servicio doméstico hizo la Junta Directiva de la Escuela, y el aumento de sirvientes dentro de la partida de $ 225, destinada al efecto.
Artículo 4° El Curso de Información Pedagógica, anexo a la Escuela Normal, continuará sus tareas hasta el 15 de noviembre venidero.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de septiembre de 1934.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Educación Nacional,
Luis LOPEZ DE MESA
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