Por el cual se hace una destinación para saldar el déficit fiscal de 1945
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que la Contraloría General de la República y en oficio número 10638, fechado el 15 de los corrientes, dirigido al Ministro de Hacienda y Crédito Público, certifica la cuantía del déficit fiscal en 31 de diciembre de 1945, la cual asciende a la cifra de $ 14.967.793.62,
DECRETA:
Artículo 1° Destínase la cantidad de catorce millones novecientos sesenta y siete mil setecientos noventa y tres pesos con sesenta y dos centavos ($ 14.967.793.62) moneda corriente, de los recursos provenientes de la emisión de "Bonos Colombianos de Tesorería de 1945", autorizada por las Leyes 35 de 1944 y 32 de 1945, a saldar el déficit fiscal del Tesoro Nacional en 31 de diciembre de 1945.
Artículo 2° La Contraloría General de la República procederá a verificar las operaciones del caso en la contabilidad de la Nación, con el fin de dar cumplimiento a este Decreto.
Artículo 3° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá a 26 de junio de 1946.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de Paula PEREZ
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