Por el cual se derogan algunas disposiciones reglamentarias en materia de Impuesto a las Ventas
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales,
DECRETA:
Articulo 1º. Deróganse los Decretos Reglamentarios 360 de 1972; 1182 y 1531 de 1974, y el articulo 3º del Decreto 2049 de 1968.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de su fecha de expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 3 de septiembre de 1974.
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
Rodrigo Botero Montoya, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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