por el cual se modifica el Decreto 2489 de 2006 y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 2013-08-29
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímese de la nomenclatura y clasificación de empleos de que trata el Decreto 2489 de 2006, la siguiente denominación de empleo:
Nivel Jerárquico y denominación del empleo Código Grado
Nivel Profesional Nivel Profesional Nivel Profesional
Defensor de Familia 2125 20 19 18 16 15 14 13 11 09
Artículo 2°. Establécese a partir de la vigencia del presente decreto, la siguiente equivalencia de empleos:
Situación anterior Situación anterior Situación anterior Situación nueva Situación nueva Situación nueva
Denominación Código Grado Denominación Código Grado
Defensor de Familia 2125 17 15 13 11 09 Defensor de Familia 2125 17 17 17 17 17

Parágrafo. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar procederá a efectuar los cambios correspondientes en la primera nómina de pago siguiente a la fecha de publicación de este decreto, con estricta sujeción a la equivalencia establecida en el presente artículo.

A los empleados públicos que al entrar en vigencia el presente decreto estén desempeñando empleos de Defensor de Familia no se les exigirán requisitos distintos a los ya acreditados.

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2489 de 2006 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de agosto de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor

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