por el cual se aprueba la planta de personal de la Fiduciaria del Estado S. A., Fiduestado

Rango Decreto
Publicación 2001-09-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva de la Fiduciaria del Estado S.A. sometió a aprobación del Gobierno Nacional su planta de personal, de acuerdo con el Acta número 136 del 14 de agosto de 2001,

DECRETA:

Artículo 1º. Las funciones propias de la Fiduciaria del Estado S.A. serán cumplidas por la planta de personal de empleados públicos que se establece a continuación, así:
Número de empleos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
1 (Uno) Presidente - -
1 (Uno) Asesor 1020 10
Artículo 2º. Fíjase en cincuenta y tres (53) el número de trabajadores oficiales al servicio de la Fiduciaria del Estado S.A.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 5 de septiembre de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Federico Rengifo Vélez.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Mauricio Zuluaga Ruiz.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.