por el cual se aprueba la planta de personal de la Fiduciaria del Estado S. A., Fiduestado
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Junta Directiva de la Fiduciaria del Estado S.A. sometió a aprobación del Gobierno Nacional su planta de personal, de acuerdo con el Acta número 136 del 14 de agosto de 2001,
DECRETA:
Artículo 1º. Las funciones propias de la Fiduciaria del Estado S.A. serán cumplidas por la planta de personal de empleados públicos que se establece a continuación, así:
| Número de empleos | Dependencia y denominación del empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 1 (Uno) | Presidente | - | - |
| 1 (Uno) | Asesor | 1020 | 10 |
Artículo 2º. Fíjase en cincuenta y tres (53) el número de trabajadores oficiales al servicio de la Fiduciaria del Estado S.A.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de septiembre de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Federico Rengifo Vélez.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.
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