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adjudicando al estado del Cauca un edificio de propiedad nacional para el establecimiento de casa penitenciaria

Texto vigente a fecha 1970-01-02

El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

En cumplimiento de lo dispuestos por el artículo 2.° de la lei de 16 de mayo de 1863, cediendo a cada uno de los estados de la Union uno de los edificios situados dentro de su territorio, i que han pasado a ser propiedad nacional en virtud de la lei; i habiéndose oido previamente los informes que ha dirijido el presidente del estado del Cauca, con este objeto;

DECRETA :

Art. único. Adjudícase al estado del Cauca el edificio del estinguido convento de san Francisco de la ciudad de Popayan, para el establecimiento de la casa penitenciara en aquel estado.

Dado en Bogotá, a 2 de marzo d e1865.

MANUEL MURILLO.

El Secretario del Tesoro i Crédito Nacional,

E. Castilla.