sobre reorganización de la Secretaría de Hacienda i Fomento
DECRETO:
Art. 1.° Restabléce la observancia del decreto del Poder Ejecutivo de 31 de diciembre de 1864, organizando la Secretaría de Hacienda i Fomento.
Art. 2.° El personal i sueldos de dicha Secretaría será el mismo detallado en el presupuesto nacional de año económico en curso,
Art. 3.° El Director jeneral de correos continuará ejercioendo las funciones de Jefe de la Seccion 5.a de la espresada Secretaría.
Art. 4.° Deróganse todas las disposiciones contrarias a las del presente decreto.
Dado en Bogotá, a 28 de mayo de 1867.
Santos Acosta.
El Secretario de Hacienda i Fomento,
Jorje Gutierrez de Lara.
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