Por el cual se rebajan los precios de la sal

Rango Decreto
Publicación 1890-04-02
Estado Vigente
Departamento CONSEJO DE ESTADO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo único. Desde el día de la publicación del presente decreto, los precios de la sal de las Salinas nacionales serán los siguientes:
Cada 12 ½ Kilogramos de sal compactada $2 40
Cada 12 ½ Kilogramos de sal de caldero 2
Cada 12 ½ Kilogramos de sal vijúa 1 67 ½

Dado en Bogotá, á 26 de marzo de 1886.

RAFAEL NUÑEZ

El Secretario de Hacienda.

F. Angulo

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