por el cual se fija en cincuenta pesos anuales la cantidad asignada para gastos de material de la Administración subalterna de Hacienda en Buenaventura
En consideracion a las razones que espone el señor Administrador subalterno de Hacienda nacional de Buenaventura en nota de 7 de abril último, número 43 ; i
Usando de la facultad que le concede el artículo 17 de la lei de 13 de junio de 1866, orgánica del servicio de correos,
decreta:
Art. 1.° Fijase en cincuenta pesos ($ 50) anuales la suma asignada a la Administracion subalterna de Hacienda nacional en Buenaventura para gastos de material.
Art. 2.° Esta asignacion será pagadera desde 1.° del presente mes.
Dado en Bogotá, a 21 de mayo de 1870.
Eustojio Salgar.
El Secretario de Hacienda i Fomento,
Salvador Camacho Roldan.
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