sobre asignación de una cantidad para material de la Administración subalterna de Hacienda nacional en el Guamo
considerando :
1.° Que la capital del Estado del Tolima ha sido trasladada provisionalmente de Ibagué al Guamo ; i
2.° Que con tal motivo la Administracion subalterna de Hacienda en el Guamo ha recibido un aumento considerable de trabajo ; oido el informe del Director jeneral de Correos de la Union, i teniendo presente lo dispuesto en la parte final del artículo 17 de la lei orgánica del servicio de correos, de 13 de junio de 1866,
decreta :
Artículo único. Miéntras esté establecida en el Guamo la capital del Estado del Tolima, la Administracion subalterna de Hacienda nacional residente allí, tendrá la asignacion anual de $ 50 para material i útiles de escritorio.
Parágrafo. Téngase presente esta asignacion en la formacion i liquidacion de los respectivos presupuestos nacionales.
Dado en Bogotá, a 27 de mayo de 1870.
Eustorjio Salgar.
El Secretario de Hacienda i Fomento,
Salvador Camacho Roldan.
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