por el cual se liquida un crédito adicional al Presupuesto para el servicio del año económico de 1869 a 1870
Visto el artículo 11 del contrato celebrado en 3 de mayo de 1869 por el Director jeneral de Correos nacionales con la Compañía de navegacion por vapor del Pacifico, el cual ha sido aprobado por el Congreso segun el decreto lejislativo de 21 del pasado junio, publicado en el número 1,957 del "Diario Oficial,"
decreta:
Art. único. Fíjase en veinticinco mil pesos ($ 25,000) el crédito adicional implícito abierto al Presupuesto para el servicio del año económico de 1889 a 1870, e inclúyase en los siguientes Departamento i Capítulo:
Departamento de Correos.
Capítulo 5.° Trasporte de correspondencia i encomiendas (gastos varios).
Art. 12. Para pagar a la Compañía de vapores del Pacífico por los servicios prestados al Gobierno de la Union colombiana hasta el dia 30 de noviembre de 1808, segun el decreto lejislativo ya citado; $ 25,000
Dado en Bogotá, a 22 de julio de 1870.
Eustorjio Salgar.
El Secretario de Hacienda i Fomento,
Salvador Camacho Roldan.
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