por el cual se aumenta el sueldo de los guardas de la línea telegráfica entre Bogotá i Manizáles
DECRETA:
Art. 1.° El sueldo anual de los guardas destinados al servicio del telégrafo eléctrico entre Bogotá i Manizáles, será, desde 1.° del corriente mes, de ciento ochenta pesos ($ 180).
Art. 2.° Queda reformado en los términos del presente decreto el artículo 1.° del de 28 de julio último, sobre conservacion de las líneas telegráficas (Diario Oficial número 1,994).
Art. 3.° Téngase presente este decreto en la segunda liquidacion i en la formacion i liquidacion del Presupuesto nacional.
Dado en Bogotá, a 9 de setiembre de 1870.
Eustorjio Salgar.
El Secreto de Hacienda i Fomento,
Salvador Camacho Roldan.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.