por el cual se abre un crédito suplemental al Presupuesto para la vijencia económica de 1870 a 1871

Rango Decreto
Publicación 1870-11-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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CONSIDERANDO:

1.° Que por la lei IX, de 30 de setiembre último, la Asamblea del Estado de Santander ha cedido al Gobierno de la Union una parte del territorio de ese Estado;

2.° Que conforme al parágrafo único del artículo 1.° de la lei de 1.° de julio del presente año, sobre colonizacion de territorios nacionales, el Poder Ejecutivo puede abrir en el Presupuesto de gastos los créditos necesarios para el cumplimiento de la citada lei;

DECRETA:

Art. 1.° Abrese en el Presupuesto vijente un crédito suplemental por la cantidad de $3,250, cuya imputacion será:

Servicio de 1870 a 1871.

Departamento de lo Interior.

Capítulo 11 (bis).

Territorios nacionales (personal).

Art. 1.° Territorio de Bolívar.

Territorios nacionales (material).

Art. 1.° Para compra o alquiler de locales para la Prefectura i Escuela del Territorio de Bolívar, hasta

Dado en Bogotá, a 18 de noviembre de 1870

EUSTORJIO SALGAR.

El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,

FELIPE ZAPATA.

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