Por el cual se adopta, para la liquidación de créditos en las oficinas nacionales, el itinerario jeneral de distancias i los cuadros anexos que publicó el señor Manuel María Paz en 1870
Decreta:
Art. 1.° Adóptase para las liquidaciones de créditos, en las oficinas ordenadoras i pagadoras de gastos nacionales i en las del servicio militar, el "Itinerario jeneral de las distancias que hai de la capital de los Estados Unidos de Colombia a las diferentes poblaciones de cada uno de los Estados, i cuadros anexos de los haberes, raciones i ajustes que corresponden a los militares, con arreglo a las disposiciones vijentes;" obra publicada en 1870 por el señor Manuel María Paz, con patente de privilejio que le concedió el Poder Ejecutivo en 6 de noviembre de 1869.
Art. 2.° Autorízanse como legales las operaciones ejecutadas por empleados nacionales, con arreglo a dichos itinerarios i cuadros, desde el mes de setiembre de 1870, en que la Secretaría de Hacienda i Fomento los puso en circulacion, segun la distribucion publicada en el número 2,047 del "Diario Oficial."
Art. 3.° Quedan adicionados, en los términos de esta decreto, el de 20 de octubre de 1868, que arregla el servicio i la contabilidad de las Secretarías de Estado i de sus ajentes delegatarios, en la administracion pasiva de la Hacienda nacional, i el de 10 de diciembre de 1869, que reglamentó el servicio i la contabilidad de las oficinas de manejo de caudales públicos.
Dado en Bogotá, a 21 de junio de 1871.
EUSTORJIO SALGAR.
El secretario del Tesoro i Crédito nacional, Cesar Conto.
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