por el cual se establece una Administración subalterna de Hacienda nacional en la villa de María (Estado del Cauca) i un correo trasversal semanal de allí a Manizales, i viceversa
EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA,
Visto el memorial dirijido a la Secretaria de Hacienda i Fomento por los vecinos de la villa de Maria, con fecha de 22 de abril próximo pasado, i teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 10 i 19 de la lei de 13 de junio de 1866, orgánica del servicio de correos nacionales,
decreta:
Art. 1.° Establécese una Administracion subalterna de Hacienda nacional en la villa de María (Estado del Cauca), dependiendo de la principal de Cali, con la asignacion anual de $ 144, según lo dispuesto en el articulo 12 de la lei ántes citada.
Dado en Bogotá, a 21 de mayo de 1872.
- M. MURILLO.
El Secretario de Hacienda i Fomento.
Aquileo Parra.
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