por el cual se restablece la observancia de 10 de setiembre de 1867, que declaró innecesarias legalmente las propuestas para el nombramiento de ciertos empleados de Hacienda
EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA,
Teniendo en consideracion los fundamentos espresados en el decreto de 10 de setiembre de 1867 (Diario Oficial número 1,026), por el cual se declara que, conformé a la lei, no hai necesidad de propuestas del Director jeneral de Correos, ni de los Jefes de otras oficinas, para el nombramiento de Administradores principales i subalternos de Hacienda nacional i de sus dependientes,
decreta:
Art. 1.° Restablécese la observancia del decreto de 10 de setiembre de 1867, el cual se publicará a continuacion del presente.
Art. 2.° Derógase el decreto de 22 de agosto de 1870, inserto en el Diario Oficial número 2,044.
Dado en Bogotá, a 27 de julio de 1872.
- M. MURILLO.
El Secretario de Hacienda i Fomento,
AQUILEO PARRA.
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