por el cual se aumenta en ciento veinte pesos anuales el sueldo del Ayudante del Resguardo de salinas de Boyacá

Rango Decreto
Publicación 1872-08-02
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA,

decreta:

Artículo único. El sueldo anual de seiscientos pesos asignado al Ayudante del Resguardo de la Administración principal de salinas nacionales del Estado de Boyacá, será, desde 1.° de agosto próximo, de setecientos veinte pesos ($ 720).

Dado en Bogotá, a 31 de julio de 1872.

El Secretario de Hacienda i Fomento,

Aquileo Parra.

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