ORGÁNICO DE LA FUERZA PÚBLICA

Rango Decreto
Publicación 1872-08-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA,

decreta :

Art. 1° Desde él 1.° de setiembre próximo, la fuerea pública al servicio de 1a Union constará de mil doscientos cuarenta i seis individuos de tropa, con los Jenerales, Jefes i Oficiales que son necesarios, organizados en una Division que la compondrán los siguiéntes cuerpos:

Medio batallon Artillería,

Batallón Zapatores,

Batallon Granaderos, número 1.°,

Batallon Rifles de Bomboná, número 2.°,

Batallon Boyacá, número3.°. i

Batallon Pichincha, número 8.°

Art. 2.° La Plana Mayor de la Divicion constará :

De un Jeneral, comandante en Jefe; De un Jeneral o Coronel, Jefe de Estado Mayor;

De un Coronel, primer Ayudante jeneral;

Hasta tres Ayudantes de Campo del Comandante en Jefe; uno de los cuales será Secretario, de la clase de Sarjento mayor, Capitan o Teniente ;

De dos Sarjentos mayores, primeros adjuntos ;

De un Capitan,segundo adjunto ;

De cincuenta musicos que serán contratados, i a los cuales se les sujetará a las orenanzas i leyes militares; i que formaran dos bandas; i

De un Sarjento 1.° Corneta de órdenes 1
Art 3.° El medio batallon Artilleria constará de dos baterias, i en plana Mayor se compondrá de un Teniente- coronel o Sarjento Mayor, Jefe ;
Un Capitan, encargado del detall i material.
Un Teniente, Ayudante ;
Un Subteniente, Abanderado;
Un Sarjento 1.°, Brigada 1
Un Sarjento 1.° Tambor o Corneta mayor 1
Un Sarjentó l. polvorista maestro 1
I dos Cabos primeros para el detall i material. 2
Total de la Plana Mayor 5

Cada bateria constara :

De un Capitan ;
Dos Tenientes ;
Un Subteniente ;
Un Sarjento 1.° 1
Seis Sarjentos segundos 6
Dos de Banda 2
Tres Cabos primeros 3
pasan 12
Vienen 12
Tres Cabos segundos 3
I treinta i cinco artilleros. 35
Total de cada batería 50
Total de tropa para el medio batallón 150
Art. 4.° El batallón "Zapadores" constará de cuatro compañías, i su Plana Mayor se compondrá: De un Coronel o Tenientecoronel, primer Jefe; Un Teniente-coronel o Sarjento mayor, 2.° Jefe; Un Capitan, i Ayudante mayo; Un Subteniente, Abanderado;
Un Sarjento 1.°, Brigada. 1 1
Un Sarjento 1.°, Tambor o Corneta mayor1 1
Un Sarjento 1.°, Maestro armero1 1
I un Cabo 1.', Furriel1 1
Total de la Plana Mayor. 4 4

Cada compañía constará:

De un Capitan ;

Un Teniente ;

Dos Subtenientes ;

Un Sarjento 1.° 1
Cuatro Sarjentos segundos. 4
Un Corneta i un Tambor. 2
Cuatro Cabos primeros. 4
Cuatro Cabos segundos. 4
I treinta i nueve zapadores. 39
Total de cada compañía. 54
Total de tropa para el batallón 220
Art. 5.° El batallón "Granaderos, número 1.°," se compondrá de cuatro compañías, i su Plana Mayor constará: De un Coronel o Tenientecoronel, primer Jefe; un Teniente-coronel o Sarjento mayor, 2.° efe; Un Capitan o Teniente, Ayudante; Un Subteniente, Abanderado;
Un Sarjento 1.°, Brigada. 1
Un Sarjento 1.°, Maestro armero. 1
Un Sarjento 1.°, Tambor o Corneta mayor 1
Un Cabo de Tambores o Cornetas 1
Un Cabo de Gastadores. 1
Un Cabo de Gastadores. 1
I una escuadra de Gastadores de seis hombres. 6
Total de la Plana Mayor. 12

Cada Compañia constará:

De un Capitan;
Un Teniente;
Dos subtenientes;
Un Sarjento 1.° 1
Tres Sarjentos segundos. 3
Dos Cornetas o Tambores. 2
Cinco Cabos primeros. 5
Cinco Cabos segundos. 5
I treinta i seis soldados. 36
Total de tropa para cada compañia. 52
Fuerza total del batallon. 220
Pasan. 546
Vienen 546
Art 6.° El batallón "Riffes de Bomboná, número 2.°," se organizará de la misma manera que el "Granaderos, número. 1.°," i de consiguiente, su fuerza total será de doscientos véinte individuos de tropa.
Art. 7.° El batallón "Boyacá, número 3.°," constará de cinco compañías, i su Plana Mayor se compondrá: De un Coronel o Tenientecoronel, primer Jefe; Un Teniente-coronel o Sarjento mayor, 2.° Jefe; Un Capitan o Teniente, Ayudante; Un Subteniente, Abanderado; Un Cirujano, asimilado a Teniente;
Un Sarjento 1.°, Brigada. 1
Un Saijento 1.°, Maestro armero. 1
Un Sarjento 1.°, Tambor o Corneta mayor. 1
Un Cabo 1.°, Furriel. 1
I un Cabo de Tambores o Cornetas. 1
Total de tropa de la Plana Mayor. 5

Cada compañía constará:

De un Capitán;
Un Teniente;
Dos Subtenientes;
Un Sarjento 1.° 1
Tres Sarjentos segundos. 3
Dos Cornetas o Tambores. 2
Cuatro Cabos primeros. 4
Cuatro Cabos segundos. 4
I treinta i tres soldados. 33
Total de tropa para cada compañía 47
Fuerza total del batallon 240
Art. 8.° El batallón " Pichincha, número 8.°," tendrá, la misma organizacion que se le ha dado al Boyacá, número 3.°, con la única diferencia de que el Médico Cirujano ordinario de este cuerpo estará
asimilado a Capitan 240
Fuerza total de la Division. 1,246
Art. 9.° Como el batallon " Granaderos, número 1.°," es de nueva creacion, se formará con los hombres útiles que queden excedentes en el batallon Artillería que se manda reducir; i se llenará su cupo con el continente de hombres que suministren los Estados, o por medio de enganche.
Art 10. Los batallones "Zapadores," "Rifles de Bomboná, número 2.°" i "Boyacá, número 3.°" i "Pichincha número 8.°," se organizarán con la base de fuerza que hoi tienen i con el continjente que se pida a los Estados o con individuos enganchados. De la misma manera se organizará el Medio Batallon Artillería.
Art 11. Las bandas de musica, aunque quedan dependientes del Cuartel jeneral, prestarán su servicio en los cuerpos.
Art 12. El Secretario de Guerra i Marina queda encargado de la ejecucion de este decreto.

Dado en Bogotá, a los 16 de agosto de 1872.

El Secretario de Guerra i Marina,

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