de convocación del Congreso a sesiones ordinarias

Rango Decreto
Publicación 1872-11-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

En ejercicio de la 12ª de las atribuciones que le confiere el artículo 66 de la Constitucion,

decreta:

Art. único. Convócase al Congreso para su próxima reunion ordinaria. En consecuencia, la Secretaria del Tesoro i Crédito nacional, teniendo en cuenta lo prescrito en el artículo 13 de la lei de 10 de mayo de 1871, procederá a dictar las disposiciones necesarias para, que los Senadores i Representantes reciban los auxilios de marcha correspondientes, de modo que puedan encontrarse en esta capital el dia 1.° de febrero de 1873.

Dado en Bogotá, a 6 de noviembre de 1872.

El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,

Jil Colunje.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.