Por el cual se convoca el congreso a sesiones extraordinarias

Rango Decreto
Publicación 1918-11-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la facultad que le confiere el artículo 8° del Acto legislativo número 3 de 1910. y

CONSIDERANDO:

Que hoy termina la prórroga de las sesiones del Congreso, decretada por las Cámaras Legislativas y que aún quedan pendientes algunos proyectos de ley de suma importancia para atenuar la crisis fiscal por que atraviesa el país,

DECRETA:

Artículo único. Convócase el Congreso a sesiones extraordinarias por el término indespensable, a juicio del Gobierno, para que se ocupe de preferencia en los siguientes negocios, que están pendientes en las Camarás Legislativas:

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de noviembre de 1918.

MARCO FIDEL SUAREZnoneEl Ministro de Gobierno, Marcelino ARANGO.

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