en que se asignan $ 50 anuales a las Administraciones subalternas de Hacienda de Cipaquirá i Ubaté para gastos de material

Rango Decreto
Publicación 1873-02-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

Visto el artículo 17 de la lei de 13 de junio de 1866, "orgánica del servicio de correos,"

decreta :

Artículo único. Asígnase a cada una de las Administraciones subalternas de Hacienda en Cipaquirá i Ubaté, para gastos de escritorio, la cantidad de cincuenta pesos anuales.

Parágrafo. Esta asignacion se abonará al Administrador subalterno de Hacienda en Cipaquirá desde el 1 ° de diciembre de 1872, i al de Ubaté desde el 1.° de enero último

Dado en Bogotá, a 15 de febrero de 1873.

El Secretario de Hacienda i Fomento,

Aquileo Parra.

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