por el cual se suprime la línea de correos entre Sogamoso i Chámeza i se establece otra entre Sogamoso i la salina de Pajarito
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
Decreta :
Art. 1.° Suprímese la línea de correo establecida entre Sogamoso i Chámeza.
Art. 2.° Establécense una línea de correo entre Sogamoso i la Salina de Pajarito, i una Administracion subalterna en este lugar.
Art. 3.° El Jefe de la oficina que se establezca en la Salina de Pajarito desempeñará las funciones de Administrador subalterno de Hacienda.
Art. 4.° El Director jeneral de correos dictará las providencias del caso para la cumplida ejecucion de este decreto.
Dado en Bogotá, a 28 de febrero de 1873.
- M. MURILLO.
El Secretario de Hacienda i Fomento,
Aquileo Parra.
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