Por el cual se establece un correo trasversal de Vélez a Bocas de Carare i se crea una Administración subalterna de Hacienda nacional, &.&

Rango Decreto
Publicación 1873-06-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia

Visto el informe que ha dirijido a la; Secretaría de Hacienda i Fomento el Prefecto del Territorio nacional de Bolívar en nota de 29 de marzo último, número 35, en que hace presente la necesidad de restablecer la línea de correos que jiraba de Vélez a Bocas de Carare; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la leí de, 13 de junio de 1868, orgánica del servicio de correos, i 35 de la de 4 de junio de 1868, que acepta la cesion hecha a la Nacion de algunos Territorios,

DECRETA:

Art. 1.° Establécese un correo trasversal de Vélez a Bocas de Carare, pasando por Landázuri.
Art. 2.° Créase una Administracion subalterna de Hacienda nacional en Bocas de Carare, dependiente de la principal del Socorro, con la dotacion anual de $360, que se imputará al Departamento de correos, capitulo l.°, artículo 10, parágrafo 12 del Presupuesto de gastos de 1872 a 1873.
Art. 3.° El Secretario del Prefecto de Bolívar recibirá i despachará los correos nacionales que cursen en el Territorio, de conformidad con el artículo 14 de la lei de 4 de junio de 1868 ya citada.
Art. 4.° Derógase el decreto de 30 de agosto de 1872, que establece un correo trasversal semanal entre Vélez (Estado de Santander) i Landázuri (capital del Territorio de Bolívar)."Diario Oficial número 2638.

Parágrafo. El Director jeneral de correos dictará las órdenes necesarias para que este decreto tenga puntual cumplimiento.

Dado en Bogotá, a 27 de mayo de 1873.

El Secretario de Guerra i Marina,

Eustorjio Salgar.

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