sobre rendición de cuentas de las Administraciones de salinas de Chita i Muneque i de Pajarito a la oficina jeneral del ramo

Rango Decreto
Publicación 1873-07-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

Visto el artículo 9.° del decreto ejecutivo de 6 de agosto de 1870, sobre establecimiento de una Administracion principal de salinas en el Estado de Boyacá, segun el cual, los Administradores subalternos de salinas debian rendir mensualmente sus cuentas al Administrador principal para que, incorporadas en la suya, fueran presentadas a la oficina jeneral del ramo; i teniendo en consideracion que, segun lo dispuesto en el decreto de 9 de los corrientes (Diario Oficial número 2898), la Administracion principal de salinas de Boyacá quedará suprimida el dia 31 de agosto próximo,

decreta:

Art. único. Las cuentas de los Administradores de salinas de Chita i Muneque i de Pajarito, se rendirán directamente a la oficina jeneral del ramo desde el dia 1.° de setiembre próximo.

Dado en Bogotá, a 12 de julio de 1873.

El Secretario de Hacienda i Fomento,

RAFAEL DE PORRAS.

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