Sobre supresión de la Aduana de Arauca i espedición de tornaguías de mercaderías que se introduzcan por algunos de los puertos francos de la rejión oriental de la República

Rango Decreto
Publicación 1873-07-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

Visto el artículo 17 de la lei de 13 de junio de 1866 "orgánica del servicio de correos,"

decreta :

Art. 1.° Asígnase para gastos de material de la Administracion subalterna de Hacienda en Garzon, la cantidad de cincuenta pesos anuales ($ 50).
Art 2.° Téngase presente este decreto en la liquidacion de los Presupuestos de gastos de 1872 a 1873 i de 1873 a 1874.

Dado en Bogotá, a 17 de julio de 1873.

El Secretario de Guerra i Marina,

EUSTORJIO SALGAR.

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