Por el cual se suspende el de 8 del presente, que dispuso poner en vijencia desde 1.° de setiembre próximo, el artículo 519 del Código Fiscal

Rango Decreto
Publicación 1873-08-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de los Estados Unidos de Colombia

DECRETA :

Art. único. Suspéndese hasta 1.° de enero de 1874 el decreto de 8 de agosto en curso, por el cual se pone en vijencia, desde el 1.° de setiembre próximo, el artículo 519 del Código Fiscal. (Diario Oficial número 2926).

Dado en Bogotá, a 29 de agosto de 1873.

El Secretario de Guerra i Marina,

EUSTORJIO SALGAR.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.