sobre la primera liquidación de los Presupuestos nacionales de rentas i gastos para la vijencia económica de 1873 a 1874

Rango Decreto
Publicación 1873-09-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

En vista de la lei de 4 de julio de 1866, orgánica de la Hacienda nacional, i en ejecucion de la lei 75 sobre Presupuestos nacionales de rentas i gastos para la vijencia económica de 1873 a 1874, como de las demás leyes espedidas por el Congreso último, que afectan los espresados Presupuestos,

decreta :

Art. 1.° Fíjanse los cómputos líquidos del Presupuesto nacional de rentas para la vijencia económica de 1873 a 1874, en tres millones seiscientos diez i seis mil pesos ($3.616,000), con arreglo al siguiente pormenor:
1.° Aduanas $ 2.143,000
2.° Amonedacion 25,000.
3.° Correos 70,000.
4 Telégrafo 12,000.
5.° Bienes nacionales 50,000.
6.° Empresa del ferrocarril de Panamá 250,000.
7.° Salinas 850,000.
8.° Renta de Bienes desamortizados 10,000.
9.° Ingresos varios 16,000.
10. Aprovechamientos . 40,000.
11. Sobrante de las rentas sobre los gastos, en la vijencia económica de 1872 a 1873 150,000.
$ 3.616,000.
Art. 2.° Fíjanse los créditos líquidos del Presupuesto nacional de gastos para la vijencia económica de 1873 a 1874, según la lei de Presupuestos i las demás espedidas por el último Congreso, que lo afectan, en la cantidad de cinco millones trescientos cinco mil quinientos cuatro pesos diez i nueve centavos ($5.305,504-19 cs.), como aparece de la distribucion siguiente :
departamentos.
De la Deuda nacional $1.312,245 50
Del Tesoro 47,300
De Bienes desamortizados 10,567 59 ½
De Obras públicas 62,500.
De lo Interior 273,162.
De Justicia 38,700.
De Relaciones Esteriores 87,090 65
De Instruccion pública 166,000.
De Beneficencia i Recompensas 130,710.
De Gastos de Hacienda 847,038 55
De Fomento 1.072,000.
De Guerra 896,999 65
De Correos 361,190 24
$5.305,501 19

Dado en Bogotá, a 1.° de setiembre de 1873.

El Secretario del Tesoro i Crédito nacional,

F. PEREZ.

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