por el cual se aumenta el personal de Resguardo de la Aduana de Sabanilla

Rango Decreto
Publicación 1873-10-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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Teniendo en consideración lo informado con fecha 6 de setiembre anterior, número 606, por el Administrador tesorero de la Aduana de Sabanilla a la Secretaria, de Hacienda i Fomento,

Decreta:

Art 1.° Auméntase el Resguardo de la Aduana de Sabanilla con dos Guardas de a pié, que gozarán del sueldo fijo anual de trescientos pesos cada uno.
Art. 2.° En consecuencia, el Resguardo de dicha Aduana constará, desde 1.° de noviembre próximo, de
1 Primer Jefe, con el sueldo anual de $ 960
1 Ayudante o segundo Jefe, con el de 600
2 Cabos montados, a 360 cada uno 720
14 Guardas de a pié, a 300 4,200
1 Piloto 860
4 Remeros, a 240 960
$ 7,800
Art. 3.° Deróganse las disposiciones contrarias al presente decreto.

Dado en Bogotá, a 14 de octubre de 1878.

El Secretario de Hacienda i Fomento,

Aquileo Parra.

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