Por el cual se hacen unos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso

Rango Decreto
Publicación 1934-10-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el honorable Consejo de Ministros autorizó el traslado de las siguientes sumas dentro del presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas,

DECRETA:

Artículo único. Hácense los siguientes traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso:
Del artículo 353, Puerto de Gamarra $ 25,000
Del artículo. 355 B. puerto de Magangué 40,000
Al artículo 354. Talleres fluviales 40,000
Al artículo 360 I. Puerto local de Barranquilla 25,000
Sumas iguales $ 65,000 65,000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de septiembre de 1934.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Obras Públicas,

César GARCIA ALVAREZ

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