Por el cual se crea un puesto y se hace un nombramiento en la Sección 1a del Ferrocarril Central del Norte
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales
decreta:
Artículo único. Créase el puesto de Abogado de la Sección 1ª del Ferrocarril Central del Norte, con la asignación mensual de $ 120, y nómbrase para desempeñarlo al doctor Francisco Puyana M.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de noviembre de 1926.
MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Obas Públicas, Mariano OSPINA PEREZ.
Digitó: CC1.018.407.351
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