Por el cual se modifican los Decretos 3220 de 31 de diciembre de 1952 y 643 de 4 de marzo de 1953
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
- 1° Que por Decreto 3220 de 31 de diciembre de 1952 se ordenó una emisión de especies postales destinadas al sobreporte aéreo, en el cual figura diez millones de estampillas, cuyo motivo central será José Eusebio Caro, valor de $ 0.10 cada una;
- 2° Que por Decreto 632 del 4 de marzo de 1953 se ordenó una emisión de estampillas de Correo Nacional conmemorativas de los VII Juegos Atléticos Nacionales, y
- 3° Que en el primero de estos Decretos no se ordenaron estampillas para el Servicio Nacional y en el 2° para el servicio aéreo, con los mismos motivos,
DECRETA:
Artículo 1° Ordénase una emisión de 2.000.000 de estampillas de Correo Nacional de $ 0.05, con la efigie de José Eusebio Caro, y una de 1.000.000 de $ 0.15 para el sobreporte aéreo, con el mismo motivo.
Artículo 2° Ordénase una emisión de 2.000.000 de $ 0.15, para el sobreporte aéreo, cuyo motivo central será un atleta sosteniendo el escudo de Colombia, y 1.000.000 de $ 0.30 para sobreporte aéreo, cuyo motivo central será una tea olímpica.
Artículo 3° El valor de $ 0.10 para sobreporte aéreo de la serie de turismo ordenado por Decreto 3220, será de la misma cantidad de diez millones, y como motivo central, la iglesia y Recoleta de San Diego, ya reconstruida.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 15 de julio de 1953.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA
El Ministro de Comunicaciones,
Teniente Coronel Manuel Agudelo G.
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