Por el cual se destina un bien inmueble de propiedad de la Nación, al servicio del Ministerio de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1952-10-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Destínase para el servicio del Ministerio de Guerra, Escuela de Artillería, una parte de la finca de propiedad Nacional denominada "La Picota", en una superficie de cincuenta y nueve (59) fanegadas, nueve mil quinientas (9.500) varas cuadradas, con los edificios en ella construidos, demarcada por los siguientes linderos, según el plano topográfico levantado por el Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico:

"Por el Norte, partiendo de un sitio en la margen izquierda, donde la carretera Bogotá-Usme atraviesa la quebrada 'Chiguaza', ésta aguas abajo hasta encontrar un mojón marcado con la letra 'L';

Por el Oeste, partiendo del mojón 'L' en la quebrada de 'Chiguaza' y siguiendo la línea demarcada en el plano topográfico a través de las curvas determinalas por los vértices m, n, o, p, q, hasta encontrar el punto 'R' sobre cerca de alambre;

Por el Sur, del punto 'R' marcado en el plano por cerca de alambre hacia el Este, hasta encontrar la carretera Bogotá-Usme, y

Por el Oriente, con dicha carretera en dirección Norte, hasta encontrar el punto de partida sobre la quebrada Chiguaza".

Artículo 2° La otra parte que torma la mencionada finca y que tiene una superficie de ciento sesenta (160) fanegadas, aproximadamente, tendrá por la que se destina a la Artillería, las vías de acceso necesarias.
Artículo 3° Los Ministerios de Agricultura y Educación Nacional, procederán a hacer entrega al Ministerio de Guerra del predio a que se refiere el artículo 1° de este Decreto, sentando el acta correspondiente.
Artículo 4° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 9 de agosto de 1952.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Guerra, José María Bernal B.-El Ministro de Agricultura, Camilo J. Cabal C.-El Ministro de Educación Nacional, Lucio Pabón Núñez-El Ministro de Obras Públicas, encargado, Argelino Durán Q.

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