Por el cual se adiciona el Presupuesto de ingresos y gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales para la vigencia fiscal de 1974 en la cantidad de $ 5.000.000.00

Rango Decreto
Publicación 1974-10-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia

en uso de sus facultades legales y

CONSIDERANDO

Que el Gobierno Nacional por medio del Decreto número 1758 de agosto 16 de 1974 apropio en el presupuesto de inversión del Ministerio de Obras Publicas la cantidad de $5.000.000.00 (cinco millones de pesos moneda corriente), para la Remodelación Palacio de Nariño

Que se han cumplido todos los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios.

DECRETA:

Artículo 1.° Adiciónanse el presupuesto de ingresos del Fondo de Inmuebles Nacional para la vigencia fiscal de 1974 en la cantidad de $5.000.000.00 (cinco millones de pesos moneda corriente), según el siguiente detalle:

PRESUPUESTO DE INGRESOS

Ingresos no Tributarios

Aportes

Numeral 1. Aportes del Gobierno Nacional Ministerios de Obras Públicas con Recursos Ordinarios $5.000.000
Artículo 2.° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adicionase el presupuesto de gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1947, en la cantidad de $5.000.000 (cinco millones de pesos moneda corriente), de acuerdo con la siguiente distribución:

PRESUPUESTO DE GASTOS

Inversión Directa

Programa 01

Estudios, construcción reconstrucción y conservación de edificios, monumentos y parques nacionales.

Artículo 01. Estudios, construcción, reconstrucción y conservación de edificios, monumentos y parques nacionales.

Proyecto 21. Remodelación Palacio de Nariño $5.000.000
Artículo 3.° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá, D. E., a 4 de septiembre de 1947

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Bayona, El Ministerio de Obras Publicas Humberto Salgado Callante.

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