Por el cual se reorganiza una Oficina y se crea una plaza en el Ramo postal y telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
decreta :
Artículo 1.° Reroganízase la Oficina postal y telegráfica del Líbano, Departamento del Tolima, con el siguiente personal y asignaciones mensuales en oro:
| Un Telegrafista Administrador de correos | $ 35 |
|---|---|
| Un Ayudante | 30 |
| Un Cartero | 8 |
Art. 2.° Créase una plaza más de Ayudante en la Oficina telegráfica de Magangué, con la misma asignación mensual de las demás de su clase en aquella Oficina.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 16 de Febrero de 1906.
R. REYES
El Ministerio de Gobierno,
gerardo PULECIO
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