Por el cual se hace un traslado dentro del capítulo 68 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia actual
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el honorable Consejo de Ministros, en sesión del día 11 de los corrientes, accedió a la solicitud del Ministerio de Obras Públicas sobre traslado de una suma dentro del capítulo 68 de la Ley de Apropiaciones de la actual vigencia,
decreta:
Artículo 1° Trasládase la suma de $ 3,500, del artículo 716, capítulo 68, del Presupuesto en curso, al artículo 714 del mismo capítulo.
Artículo 2° Por el Ministerio de Obras Públicas se dará oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el parágrafo del artículo 17 de la Ley 34 de 1923.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 15 de noviembre de 1927.
MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Obras Públicas, Salvador FRANCO.
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