Por el cual se crean unos puestos y se hacen unos nombramientos en el ferrocarril Ibagué - Armenia
POR EL CUAL SE CREAN UNOS PUESTOS Y SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN
EL FERROCARRIL IBAGUE-ARMENIA
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta que es de urgente necesidad instalar los almacenes y completar las Comisiones, encargadas de adelantar los trabajos preliminares del ferrocarril Ibagué-Armenia,
DECRETA:
Artículo 1.° Créanse los siguientes puestos con las asignaciones mensuales que se expresan, en la obra antes citada; y nómbrase para desempeñarlas a las personas que se indican:
Un Almacenista en Ibagué, con $ 150 mensuales, señor Carlos Moya T.
Un Ayudante del Almacén para Ibagué, con $ 80, señor Antonio Villaveces.
Un Almacenista en Armenia, con $ 200, señor Henry Arthur Broun.
Un Ingeniero Ayudante, con $ 300, señor José Romero Casas.
Artículo 2.º Los Almacenistas a que se refiere el artículo anterior deberán otorgar caución por la cuantía que señale la Contraloría General de la República.
Artículo 3.º En reemplazo del señor Rafael Lleras, quien no aceptó, nómbrase Ingeniero Ayudante de las comisiones arriba citadas al señor Benjamín Suárez.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de octubre de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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