Por el cual se ordena la construcción de dos puentes, la pavimentación de una carretera, y se hacen varios nombramiento

Rango Decreto
Publicación 1943-10-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. Delégase la administración de los trabajos de las .siguientes obras a las zonas de conservación de carreteras nacionales que a continuación se indican:
Artículo segundo. Los Cajeros Pagadores y los Almacenistas de las zonas de carreteras de Bogotá, Valledupar y Cartagena manejarán, en su orden, los dineros y elementos que se destinen a los dos puentes y a la pavimentación mencionados.
Artículo tercero. En reemplazo del señor Alfonso E Moreno, trasladado a otro cargo, nómbrase Ingeniero Ayudante de la carretera Yolombó Segovia, sector .de Yolombó, al señor José M. Molina.
Artículo cuarto. Nómbrase Médico del personal de la carretera Yolombó-Segovia, frente de Yolombó, al doctor José Tabares G.
Artículo quinto. Por renuncia aceptada al señor Luis José Castro, nómbrase Ingeniero Jefe de la carretera Ciénaga Barranquilla, al señor Luis E. Caicedo.
Artículo sexto. Nómbrase a los señores Benjamín Panaso O., Almacenista, y Luis F. Vásquez I., Cajero Contador de la carretera Sonsón-Dorada, sector Sonsón-río La Miel.

Parágrafo, Los empleados a que se refiere este articulo deberán otorgar, antes de posesionarse, las fianzas que al efecto señale la Contraloría de la República.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de septiembre de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Minitro de Obras Públicas,

Marco Aurelio ARANGO

Digitó: CC1.022.970.487

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