Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1980 (Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público) por $ 24.000.000

Rango Decreto
Publicación 1980-08-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito .público, por medio de las Resoluciones números 0863 y 03148 de 1980, declararon sobrante la suma, de $ 24.000.000, con el objeto de que sea. Trasladada para incrementar otras ¡apropiaciones de su mismo presupuesto que resultaron insuficientes;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 1 del Decreto-ley número 294 de 1973 y la, Resolución orgánica I 07495 de 1979 de la Contraloría General de la República, los

Auditores-Generales de cada entidad expidieron los certificados de reserva y disponibilidad números 003 y 0013.de 1980 por valor de $1.000.000 y $23.000.000, respectivamente, para amparar los traslados presupuéstales de .que trata., este Decreto; y

Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,

DECRETA:

Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto de gastos para, la vigencia fiscal de 1980.

CONTRACREDITOS

Presupuesto de funcionamiento

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

CAPITULO 7

Dirección general tic servicios administrativos

Transferencias

Presupuestó de inversión.

Departamento Nacional de Planeación.

CAPITULO 09

Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge C. V. S:

Programa 312 Hidrología y Meteorología Inversiones indirectas

CREDITOS

Presupuesto de funcionamiento

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

CAPTULÓ 1

Dirección superior

Servicios personales

Presupuesto de inversión.

Departamento Nacional de Planeación

CAPITULO 09

Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge s C. V. S.

Programa 312 Hidrología y Meteorología Inversión indirecta

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

CAPITULO 01

Dirección superior

Programa 214

Inmuebles, parques y. monumentos Inversión indirecta

Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 18 de julio de 1980.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito. Público,

Jaime García Parra

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