Por el cual se aumenta la partida para arrendamiento del local de la Embajada de Colombia en lima y se modifica un decreto
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. A partir del 1° de septiembre del año en curso, auméntase en ciento cincuenta pesos ($ 150) mensuales la partida de arrendamiento de local de la Embajada de Colombia en Lima, fijada por el Decreto número 2436 de 1934.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de septiembre de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Secretario del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho,
A GONZALEZ FERNANDEZ
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.