Por el cual se aprueba el Acuerdo número 00011 de 1984, expedido por el Consejo Superior sobre adopción de la estructura orgánica de la Universidad Tecnológica de Pereira

Rango Decreto
Publicación 1984-08-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase la Estructura Orgánica de la Universidad Tecnológica de Pereira, expedida por el Consejo Superior mediante Acuerdo número 00011 de 1984, cuyo textoes el siguiente:

"ACUERDONUMERO 00011

por el cual se adopta la Estructura Orgánica de la Universidad Tecnológica de Pereira y se determinan las funciones de sus dependencias.

El Consejo Superior de la Universidad Tecnológica de Pereira, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias,

ACUERDA:

Artículo primero. La Estructura Orgánica de la Universidad Tecnológica de Pereira será la siguiente:

1. Consejo Superior. Consejo Superior. Consejo Superior.
2. Rectoría. Rectoría. Rectoría.
2.1 Secretaria General. Secretaria General.
2.1.1 Grupo de Archivo y Correspondencia.
2.2 Oficina de Planeación. Oficina de Planeación.
3. Consejo Académico. Consejo Académico. Consejo Académico.
4. Vicerrectoría Académica Vicerrectoría Académica Vicerrectoría Académica
4.1 Centro de Recursos Educativos. Centro de Recursos Educativos.
4.2 Centro de Investigaciones y Extensión. Centro de Investigaciones y Extensión.
4.3 Centro de Biblioteca e Información Científica. Centro de Biblioteca e Información Científica.
4.4 Centro de Registro y Control Académico. Centro de Registro y Control Académico.
4.5 Facultad de Ingeniería Mecánica. Facultad de Ingeniería Mecánica.
4.5.1 Consejo de Facultad.
4.5.2 Escuela de Posgrado.
4.6 Facultad de Ingeniería Eléctrica. Facultad de Ingeniería Eléctrica.
4.6.1 Consejo de Facultad.
4.7 Facultad de Ingeniería Industrial. Facultad de Ingeniería Industrial.
4.7.1 Consejo de Facultad.
4.7.2 Escuela de Posgrado.
4.8 Facultad de Tecnología. Facultad de Tecnología.
4.8.1 Consejo de Facultad.
4.8.2 Escuela de Tecnología Mecánica.
4.8.3 Escuela de Tecnología Eléctrica.
4.8.4 Escuela de Tecnología Industrial
4.8.5 Escuela de Tecnología Química.
4.8.6 Escuela de Especialización Tecnológica.
4.9 Facultad de Medicina. Facultad de Medicina.
4.9.1 Consejo de Facultad.
4.9.2 Departamento de Ciencias Básicas.
4.9.3 Departamento de Medicina Comunitaria.
4.9.4 Departamento de Ciencias Clínicas.
4.10 Facultad de Bellas Artes y Humanidades. Facultad de Bellas Artes y Humanidades.
4.10.1 Consejo de Facultad.
4.10.2 Escuela de Artes Plásticas.
4.10.3 Escuela de Música.
4.10.4 Departamento de Humanidades.
4.11 Facultad de Ciencias de la Educación. Facultad de Ciencias de la Educación.
4.11.1 Consejo de Facultad.
4.11.2 Escuela de Español y Audiovisuales.
4.11.3 Escuela de Sociales.
4.11.4 Departamento de Psicopedagógicas.
4.12 Facultad de Ciencias Básicas. Facultad de Ciencias Básicas.
4.12.1 Consejo deFacultad.
4.12.2 Departamento de Matemáticas.
4.12.3 Departamento de Física.
4,12.4 Departamento de Dibujo.
5. Vicerrectoría Administrativa. Vicerrectoría Administrativa. Vicerrectoría Administrativa.
5.1 División de Personal. División de Personal.
5.2 División Financiera. División Financiera.
5.2.1 Sección de Tesorería.
5.2.2 Sección de Presupuesto y Contabilidad.
5.3 División de Servicios. División de Servicios.
5.3.1 Sección de Publicaciones.
5.3.2 Sección de Mantenimiento.
5.3.3 Sección de Bienes y Suministros.
5.4 División de Sistemas y Procesamiento de Datos. División de Sistemas y Procesamiento de Datos.
5.5 Sección de Servicios Estudiantiles. Sección de Servicios Estudiantiles.
6. Organos de Asesoría y Coordinación. Organos de Asesoría y Coordinación. Organos de Asesoría y Coordinación.
6.1 Comisión de Personal. Comisión de Personal.
6.2 Junta de Licitaciones y Contratos. Junta de Licitaciones y Contratos.
6.3 Comité Administrativo. Comité Administrativo.
6.4 Comités Curriculares. Comités Curriculares.
6.5 Comités Asesores Curriculares de Posgrado. Comités Asesores Curriculares de Posgrado.
6.6 Comité Central de Investigaciones y Desarrollo Científico. Comité Central de Investigaciones y Desarrollo Científico.
6.7 Comité de Archivo y Microfilmación. Comité de Archivo y Microfilmación.

Consejo Superior, Rector, Consejo Académico y Consejos de Facultad.

Artículo segundo. El Consejo Superior, el Rector, el Consejo Académico y los Consejos de Facultad, cumplirán las funciones señaladas en el Estatuto General (Decreto 1731 del 21 de junio de 1983, del Gobierno Nacional.

Secretaria General.

Artículo tercero. La Secretaria General cumplirá además de.las funciones previstas en el artículo 33 del Estatuto General las siguientes:

Grupo de Archivo y Correspondencia.

Artículo cuarto. Son funciones del Grupo de Archivo y Correspondencia:

Oficina de Planeación.

Artículo quinto. Son funciones de la Oficina de Planeación:

Vicerrectoría Académica.

Artículo sexto. Son funciones de la Vicerrectoría Académica:

Centro de Recursos Educativos.

Artículo séptimo. Son funciones del Centro de Recursos Educativos:

Centro de Investigaciones y Extensión.

Artículo octavo. Son funciones del Centro de Investigaciones y Extensión:

Centro de Biblioteca e Información Científica.

Artículo noveno. Son funciones del Centro de Biblioteca e Información Científica:

Centro de Registro y Control Académico.

Artículo décimo. Son funciones del Centro de Registro y Control Académico:

De las Facultades.

Artículo undécimo. Son funciones de las Facultades, según su especialidad:

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.