Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Minas y Petróleos), por $ 100.600

Rango Decreto
Publicación 1967-10-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la Ley 77 de 1966 y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional para hacer, mediante decreto, los traslados presupuéstales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto - ley número 1675 de 1964;

Que el Ministerio de Minas y Petróleos ha declarado sobrantes y disponibles, por medio de la Resolución número 1009 del 16 de agosto de 1967, algunos saldos de su presupuesto de gastos, por no ser necesarios durante el resto de la vigencia, y, a la vez, solicitado que se trasladen para incrementar otras apropiaciones deficientes en el mismo presupuesto, por un valor total de $100.600;

Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 38 de 1967, por un valor igual al que se trata de transferir y

Que se han llenado los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967.

CONTRACREDITOS

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Ministerio de Minas y Petróleos.

CAPITULO 0652 - RAMA TECNICA

Programa 438 - Fomento de la minería.

Servicios personales.

101. 232. 103. Artículo 6513. Sueldos del personal de nomina $ 30.400

Programa 439 - Control económico de la producción de petróleo y gas.

Servicios personales.

101. 241. 103. Artículo 6519. Sueldos del personal de nómina 9.200

Programa 440 - Estudios geológicos.

Servicios personales.

101. 233. 103. Artículo 6525. Sueldos del personal de nómina 61.000
Suman los contracréditos $ 100.600
--- --- ---

CREDITOS

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Ministerio de Minas y Petróleos.

CAPITULO 0651 - ADMINISTRACION Y DIRECCION DEL MINISTERIO

Programa 436 - Gabinete del Ministro, Dirección y Secretaría.

Servicios personales.

101. 111. 103. Artículo 6501. Sueldos del personal de nómina 38.400
101. 111. 105. Artículo 6502. Gastos de representación 2 450
102. 111. 117. Artículo 6503. Prima de Navidad 6.750

CAPITULO 0653 - RAMA ADMINISTRATIVA

Programa 445 - Servicios generales.

Servicios personales.

102. 111. 127. Artículo 6555. Subsidio de transporte 53.000
Suman los créditos $ 100.600
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 5 de octubre de 1987.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.