Por el cual se hace un traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso
por el cual se hace un traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso.
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 17 de la Ley 34 de 1923, y
CONSIDERANDO
que en virtud de la petición hecha por el señor Ministro de Industrias en oficio número 748 de fecha 26 de octubre último, el honorable Consejo de Ministros tuvo a bien acceder al trasladó de la suma de cuatro mil pesos ($ 4,000), dentro del capítulo 43 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia actual,
DECRETA:
Artículo 1° Trasládase la suma de cuatro mil pesos ($ 4,000), del artículo 567 del capítulo 43 del Presupuesto en curso, al artículo 551 del mismo capítulo.
Artículo 2° Dése el aviso correspondiente al Departamento de Contraloría.
Comuníquese y publíquese,
Dado en Bogotá a 19 de noviembre de 1929.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Industrias,
José Antonio MONTALVO
Digitó: CC 52.741.900
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