Por el cual se aprueba el Acuerdo número 327 de marzo 21 de 1985, que modifica los Acuerdos números 036 de 1978 y 053 de 1979, que fijan los requisitos mínimos que debe acreditar el personal para el desempeño de empleos en el ISS

Rango Decreto
Publicación 1985-07-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA:

ARTICULO 1. Apruébase el Acuerdo número 327 de marzo 21 de 1985, de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 327 DE 1985

(marzo 21)

por el cual se modifican los Acuerdos 036 de 1978 y 053 de 1979, que fijan los requisitos mínimos que debe acreditar el personal para el desempeño de empleos en el ISS.

La Junta Administradoradel Instituto de Seguros Sociales, en ejercicio de las facultades que le confieren los Decretos extraordinarios números 1650 y 1651 de 1977 y 1313 de 1978,

ACUERDA:

Artículo 1.Los factores de escolaridad, capacitación y adiestramiento y certificados especiales exigidos en los Acuerdos números 036 de 1978 y 053 de 1979 para el desempeño de empleos en el Instituto de Seguros Sociales, podrán compensarse con experiencia de conformidad con las siguientes equivalencias:

Artículo 2. El sistema de equivalencias establecido en el artículo anterior para el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño de los empleos del Instituto, se aplicará por una sola vez en los siguientes casos:

Artículo 3.El presente Acuerdo requiere para su validez de la aprobación por decreto del Gobierno Nacional.

Articulo 4. Las normas consagradas en este Acuerdo regirán por el término de un (1) año contado a partir de la fecha de vigencia del Decreto que lo apruebe.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a los veintiún (21) días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cinco (1985).

El Presidente de la Junta (Fdo.),

MARTHA FERNANDEZ DE SOTO, Viceministra de Trabajo y Seguridad Social.

El Secretario (Fdo.),

MARINA CAMACHO DE SAMPER, Secretaria Junta Administradora ISS.

ARTICULO 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica parcial y transitoriamente los Decretos 2587 de noviembre 21 de 1978 y 574 de marzo 9 de 1979, aprobatorios de los Acuerdos 036 de 1978 y 053 de 1979, respectivamente.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de julio de 1985.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,

Oscar Salazar Chávez.

El Ministro de Salud,

Rafael De Zubiria Gómez.

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil (E),

Gloria Gutiérrez Viana.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.