Por el cual se modifica el marcado con el número 77 del presente año
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Modificase, el artículo 1° del Decreto número 77 de 1945, en el sentido de que el cargo de Farmacéutico para la Base de San José del Guaviare puede ser desempolvado por un civil, con la asignación de ciento cincuenta pesos ($ 150.00) mensuales.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 4 de agosto de 1945.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Guerra,
Domingo ESPINEL General.
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